Facebook Instagram Youtube
Search
EN VIVO
  • Inicio
  • Locales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Más
    • Cultura
    • Género
    • Espectáculos
    • Sociedad
  • Inicio
  • Locales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Más
    • Cultura
    • Género
    • Espectáculos
    • Sociedad
Facebook Instagram Youtube
EN VIVO
  • Inicio
  • Locales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Más
    • Cultura
    • Género
    • Espectáculos
    • Sociedad
  • Inicio
  • Locales
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Más
    • Cultura
    • Género
    • Espectáculos
    • Sociedad
Inicio - Balotaje: ¿quiénes no están obligados a votar?
Nacionales

Balotaje: ¿quiénes no están obligados a votar?

17 de noviembre de 20233 Mins Read
Facebook Twitter WhatsApp Email
votacion adulto mayor 688x387 1
Compartir
Facebook Twitter Email WhatsApp

Conocé cuáles son las excepciones a la hora de emitir el sufragio y en qué casos se aplican sanciones.

En Argentina el voto es obligatorio para todos/as los/as electores/as. Si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.

Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

¿En qué casos estoy exceptuada o exceptuado de asistir a votar?

Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.)

Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.

Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.

Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

¿Qué sucede si no puedo asistir al establecimiento el día de la votación?

Debés concurrir con tu documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que te encuentres, y allí tenés que pedir una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar.

Acordate de presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.

Si estoy cursando alguna enfermedad y no puedo ir a votar, ¿qué debo hacer?

Si no podés ir a votar por motivos de salud, debés justificarlo el mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular.

Las y los profesionales están obligados a responder el día de los comicios a tu requerimiento como electora o elector enfermo o imposibilitado, y deben concurrir a tu domicilio para verificar tales circunstancias y entregarte el certificado correspondiente. Acordate de presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.

¿Qué debo hacer si no pude ir a votar?

Si tenés entre 18 y 70 años y no asististe a votar el día de la elección, para no formar parte del Registro de Infractores, debés justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral del Juzgado Federal del distrito que corresponda, dentro de los 60 días posteriores a las elecciones.

Si no lo justificás, te corresponde una multa y no podrás ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

¿Puedo votar si no participé en las elecciones generales de octubre?

Sí. Los ciudadanos que figuren en el padrón electoral que no hayan votado en las elecciones generales del 22 de octubre o en las PASO del 13 de agosto tienen el derecho y la obligación de realizarlo en el balotaje

Balotaje elecciones 2023 padrón
Share. Facebook Twitter WhatsApp Email
Previous ArticleCuáles son los DNI habilitados para votar
Next Article Cuál es la sanción para las autoridades de mesa que se ausenten en los comicios: penas y leyes

Artículos Relacionados

Nacionales

El coronel Tereso, el elegido por Milei para la peligrosa misión de ordenar Olivos

23 de septiembre de 2026
Nacionales

El descargo del diputado Rossi tras haber sido acusado de drogarse en una sesión: “Soy víctima de una operación del PJ”

23 de septiembre de 2026
Nacionales

Escándalo en Entre Ríos: un video viral del diputado Juan Manuel Rossi desató una fuerte polémica en la Legislatura

23 de septiembre de 2026
Demo
Tu navegador no soporta la reproducción de videos.
Demo
No te pierdas
Actualidad

Cruzar el semáforo en rojo ya costó más de 100 actas y multas de hasta $213.900 en Capital

23 de septiembre de 2026

El Municipio intensificó los operativos de control en esquinas críticas con registros audiovisuales. La medida…

Falleció el joven que cayó al precipicio en el Dique de Olta

23 de septiembre de 2026

Arauco Solar I lideró el rendimiento en La Rioja y se ubicó entre los tres mejores parques solares del país

23 de septiembre de 2026

Despliegan un operativo rescate en Olta: una persona cayó a un precipicio cerca del Dique

23 de septiembre de 2026
Seguinos
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • YouTube
Facebook Twitter Instagram YouTube
  • Locales
  • Nacionales
  • Economia
© 2026 Todos los derechos reservados Medios Rioja.

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.