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Inicio - Alquileres: ya no es obligatorio informar contratos ante la AFIP
Economia

Alquileres: ya no es obligatorio informar contratos ante la AFIP

3 de enero de 2024Updated:3 de enero de 20242 Mins Read14 Views
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alquileres
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La registración de los contratos de locación de inmuebles dejó de ser obligatoria a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que, entre numerosas disposiciones que apuntan a desregular la economía, derogó la Ley de Alquileres.

En cambio, se mantiene la obligación de registro por los contratos firmados con anterioridad a ese DNU, que comenzó a regir el viernes último, evaluó el tributarista Sebastián Domínguez.

El profesional recordó que la Resolución General 4933/2021 de AFIP implementó un régimen, denominado RELI, para que los contratos de locación de inmuebles puedan ser declarados ante el ente recaudador en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 27.551:

«Implementar el Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI) a efectos que los contratos de locación sobre bienes inmuebles situados en el país, puedan ser declarados ante esta Administración Federal, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 27.551», según ese texto oficial.

Para Domínguez, «dado que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 derogó la Ley 27.551 de Alquileres, entendemos que ya no existe la obligación de efectuar la registración de los contratos de locación de inmuebles firmados a partir del viernes 29/12/2023, inclusive».

«En cambio, se mantiene la obligación de registro por los contratos firmados con anterioridad a dicha fecha», aclaró el CEO de SDC Asesores Tributarios.

NA

AFIP Alquileres DNU
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