Desde el 7 de mayo de 2025, para subir a un avión y trasladarse por dentro del territorio será obligatorio sacar una Real ID, que es una credencial identificatoria de máxima seguridad.
Los argentinos de más de 18 años que viajen a Estados Unidos desde el 7 de mayo de 2025 deberán tramitar una credencial Real ID, que le será imprescindible si planea desplazarse internamente por el País del Norte.
Quienes no la obtengan no podrán subir al avión, y si quieren usar su licencia estándar como identificación, ya no estará permitido.
En su lugar, quienes no puedan tramitarla podrán optar por documentos alternativos.
Según el DHS, el plazo original para implementar esta medida era mayo de 2023, pero se retrasó debido a la pandemia de COVID-19.
El documento identificatorio obligatorio cumple con estándares de seguridad establecidos por la Real ID Act y aprobados por el Congreso estadounidense en 2005.
Lleva grabado un Federal Compilant en el extremo superior derecho y deberá ser presentada, además de en los viajes que se hagan dentro del territorio, en instalaciones federales y plantas de energía nuclear.
En EEUU, los pasajeros adultos de 18 años o más deben mostrar una identificación válida en el puesto de control del aeropuerto para poder viajar.
La mayoría usa sus licencias de conducir u otras tarjetas de identidad estatales con fotos, que son las emitidas por el Departamento de Vehículos Motorizados o su equivalente.
Requiere cumplir una serie de pasos y reunir documentos específicos, según informan varios Departamentos de Vehículos Motorizados (DMV) estatales.
Residencia
El solicitante debe verificar que cumple con los requisitos de residencia en el estado donde pretende obtener la Real ID. Esto es esencial, ya que cada estado puede tener variaciones en sus procesos y requerimientos específicos.
Se exigen varias pruebas de identidad y residencia. Entre los documentos que se aceptan para probar la identidad y la fecha de nacimiento se encuentran el certificado de nacimiento, pasaporte de EEUU, tarjeta de residencia permanente o certificado de naturalización.
Asimismo, se pide un comprobante del número de Seguro Social, que puede ser la tarjeta del Seguro Social, un formulario W-2 o SSA-1099, entre otros documentos que exhiban este número crucial. La prueba de residencia en el estado también es un requisito que debe ser cumplido.
Para ello, normalmente se aceptan documentos como una factura de servicios públicos, contrato de alquiler o estado de cuenta bancaria que muestre la dirección actual del solicitante.
Si hubo un cambio de nombre, será necesario proporcionar documentación adicional, como un certificado de matrimonio o un decreto judicial que lo certifique.
El formulario de solicitud se llena en la oficina del DMV estatal, para lo cual es recomendable programar una cita a fin de minimizar el tiempo de espera. Algunos estados incluso ofrecen la opción de realizar una preinscripción online para agilizar aún más el proceso.
La tarifa varía según el estado y debe cubrir los costos de procesamiento y emisión del Real ID.
Además, tendrá que ser tomada una fotografía para que aparezca en la identificación.
Dependiendo del estado, puede ser necesario pasar también un examen de visión.
Completados todos estos pasos, se recibe la Real ID por correo. El tiempo de entrega depende de cada estado.
Visa de no inmigrante
Para la gestión ordinaria de visa de no inmigrante, o su renovación, por turismo, negocios, estudio, tratamientos médicos o trabajos temporales) se continúa con la cumplimentación de la secuencia habital del trámite y el pago por adelantado del arancel: US$ 185 en las más comunes.
Requiere completar online el formulario DS-160 para lo cual los solicitantes se deben registrar en el sitio oficial de visas de la Embajada de Estados Unidos en Argentina (ais.usvisa-info.com/es-ar/niv) y pagar el arancel.
A partir de ahí, quedarán habilitados a agendar una cita en el nuevo Centro de Atención al Solicitante, tener la entrevista presencial con un funcionario consular (si fuera convocado) y completar la gestión.
- Cuesta 185 dólares tramitar las visas más comunes, como las de:
Visitante (categoría B): para turismo, negocios o tratamientos médicos.
Tránsito en los EE.UU (C).
Tripulante (D).
Estudiante académico (F) o técnico (M).
Periodista (I).
Intercambio (J).
Cuesta 205 dólares tramitar visas laborales como las de:
Empleo temporal o pasantía (H).
Empleado transferido dentro de su empresa (L).
Talentos extraordinarios (O).
Atletas, artistas o animadores (P).
Intercambio cultural internacional (Q).
Trabajador religioso (R).
-El valor puede llegar a 315 dólares en otros casos menos comunes, vinculados a tratados comerciales e inversiones.
No hay reintegro por rechazo del trámite
En la web de su Servicio de Información de Visas, la Embajada explica claramente que el pago del arancel de solicitud «es obligatorio con independencia de que finalmente se emita o no una visa estadounidense».
«Todos los solicitantes de visa, incluidos los niños, deben pagar un arancel de solicitud de visa de no inmigrante, que no es reembolsable ni transferible», advierten.
Cuando determinan definitivamente un rechazo, las autoridades le explican en una carta a la persona afectada los motivos: cuáles son los requisitos previstos en las leyes estadounidenses que no está cumpliendo.
«Si el solicitante desea volver a presentar una solicitud -añaden-, debe presentar una solicitud nueva, volver a pagar el arancel, programar otra entrevista, y proporcionar información al respecto de cómo han cambiado sus circunstancias desde la solicitud inicial».
Las visas registradas en los pasaportes seguirán siendo vigentes hasta que expire el plazo de su otorgamiento.