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Inicio - Perspectiva de género: anularon condena a una mujer que mató su ex pareja
Género

Perspectiva de género: anularon condena a una mujer que mató su ex pareja

26 de noviembre de 2024Updated:26 de noviembre de 20243 Mins Read12 Views
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La resolución subraya la obligación de los tribunales de evaluar exhaustivamente las circunstancias particulares de cada caso, especialmente cuando se trata de mujeres víctimas de violencia de género.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la condena de ocho años de prisión impuesta a Daiana Elizabeth Fernández por el homicidio de su expareja, Facundo Saucedo. En una decisión clave, el tribunal ordenó dictar una nueva sentencia que contemple los momentos previos y posteriores al hecho, bajo el prisma de la perspectiva de género.

El 16 de octubre de 2011, Fernández, de 19 años, se encontraba en su casa luego de asistir a un evento con amigos. Según su relato, había terminado su relación con Saucedo dos semanas antes tras sufrir durante un año y medio violencia física y amenazas de muerte constantes, incluso con un arma de fuego. Además, supo que Saucedo tenía denuncias previas por violencia doméstica.

Aquella madrugada, Saucedo ingresó a la vivienda de Fernández, la tomó del cabello, la golpeó y trató de llevarla por la fuerza a una habitación. En un intento de defenderse, Fernández, que estaba manipulando un cuchillo para picar hielo, hirió a Saucedo en el cuello, causándole la muerte dos horas después en el hospital.

El proceso judicial

En 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Lomas de Zamora condenó a Fernández a 3 años y medio de prisión por homicidio preterintencional, tras considerar que el hecho ocurrió en un contexto de violencia. Sin embargo, tanto la defensa como la fiscalía apelaron el fallo.

Posteriormente, la Sala IV del Tribunal de Casación Penal bonaerense desestimó el planteo de la defensa y accedió al pedido de la fiscalía, incrementando la condena a ocho años de prisión. Este tribunal consideró que no existían circunstancias atenuantes o justificantes en el caso.

La defensa llevó el caso ante la Corte Suprema, que anuló la sentencia de casación. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal ordenó que el caso regrese al tribunal de origen para dictar un nuevo fallo.

Así la Corte basó su decisión en el precedente «Casal» (Fallos: 328:3399), que exige a los tribunales de casación una revisión exhaustiva de las sentencias, superando la tradicional división entre hechos y derecho. Asimismo, enfatizó la necesidad de incorporar la perspectiva de género al analizar casos que involucran violencia contra las mujeres.

El fallo representa un paso significativo en la aplicación de la perspectiva de género en el sistema judicial argentino, al considerar el contexto de violencia que enfrentó Fernández antes y durante el incidente.

La resolución subraya la obligación de los tribunales de evaluar exhaustivamente las circunstancias particulares de cada caso, especialmente cuando se trata de mujeres víctimas de violencia de género. La revisión del caso sienta un precedente importante para garantizar que la justicia contemple las desigualdades estructurales que afectan a las mujeres en situaciones de violencia.

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