El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.
La medida, dispuesta mediante el Decreto 84/2026 firmado por el presidente Javier Milei, responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes. De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. Asimismo, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.__IP__
Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias. La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, el 3 de febrero de 2026.
Repercusiones
La abogada y defensora de Derechos de las personas con Discapacidad en La Rioja, Samira Mitre dialogó con MEDIOS RIOJA sobre ese anuncio nacional, sosteniendo que, a su entender “no es algo para festejar, porque festejar seria que cuando se sancionó la ley, la hubiese puesto en vigencia asumiendo que hay una parte de la sociedad, el colectivo de discapacidad, padeciendo, en cambio lo que hizo fue reglamentar porque lo obligaron a hacerlo. Hay cero empatía”.
“Hay personas con discapacidad que cobran ni el 10 por ciento de sus millonarios sueldos; jubilados, sueldos mínimos de 328 mil pesos. Como vivimos si son tan caraduras de decir que no les alcanza con 2 millones 800 mil pesos; como puede ser que el pueblo esté callado, soportando tanto”, dijo.
“Aquí nadie pide que no se hagan auditorias, pero sí que sean justas, que primero vean y después bajen”, afirmó por otro lado sobre el avance de las auditorias respecto de las pensiones por discapacidad, desde el gobierno nacional.
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