El Tribunal Oral Penal Económico 3 aplicó la nueva Ley de Inocencia Fiscal, que eleva los montos mínimos para considerar delito el impago de impuestos. La causa contra Austral Construcciones seguirá vigente únicamente por el ejercicio correspondiente al año 2012.
La justicia dispuso este martes el sobreseimiento parcial del empresario Lázaro Báez, sus hijos y otras 11 personas en la causa que investigaba millonarias deudas impositivas a través de la firma Austral Construcciones SA. La decisión de los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli se fundamentó en la reciente entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal, la cual actualizó los umbrales económicos necesarios para que la falta de pago de tributos sea considerada un delito penal.
El expediente analizaba la evasión del IVA y Ganancias en los períodos fiscales entre 2010 y 2014. Sin embargo, con la nueva normativa, la evasión simple requiere ahora un monto superior a los $100.000.000 por cada tributo y ejercicio, mientras que la agravada ascendió a los $1.000.000.000. Bajo este escenario, el tribunal determinó que la mayoría de los montos imputados quedaron por debajo de los nuevos límites legales establecidos por la ley.
Durante el proceso, el fiscal general Diego Velasco se opuso a los sobreseimientos, argumentando que la ley representa solo una actualización por inflación y no una norma penal más benigna. Por el contrario, la querella de ARCA no presentó oposición para los períodos que no alcanzaban los nuevos pisos. En su voto, el juez Zabala destacó que «los montos determinados para las evasiones imputadas no alcanzan los requisitos establecidos por la nueva ley, a excepción de los correspondientes al año 2012».
Finalmente, el magistrado Machado Pelloni respaldó el fallo apoyándose en la doctrina de la Corte Suprema que exige la «aplicación retroactiva obligatoria de la ley penal más benigna». De esta manera, el clan Báez logra un respiro judicial importante, aunque el proceso continuará activo para determinar las responsabilidades penales específicamente por los ejercicios fiscales del año 2012, que sí superan los mínimos vigentes.
