La medida establece la acreditación de matrícula profesional vigente para el cobro del ítem “Responsabilidad Profesional” en la Administración Pública Provincial. El adicional correspondiente a “Título Profesional” no sufrirá modificaciones.
El Gobierno de La Rioja, a través del Decreto N.º 229/26, dispuso la implementación de un esquema de actualización y acreditación de matrícula profesional para las y los trabajadores que se desempeñan en el ámbito de la Administración Pública Provincial.
La medida alcanza a los profesionales que prestan funciones en la APP, cualquiera sea la modalidad de vinculación, y establece como requisito contar con matrícula profesional vigente para acceder al cobro del ítem “Responsabilidad Profesional”.
En este marco, desde la Subsecretaría de Gestión del Capital Humano se comenzó con el proceso de notificación a las y los agentes alcanzados por la normativa, con el objetivo de regularizar y actualizar la situación profesional de cada trabajador conforme a las disposiciones vigentes de los respectivos Colegios y Consejos Profesionales.
Asimismo, se aclaró que esta disposición no afecta bajo ningún aspecto el ítem “Título Profesional”, que continuará liquidándose de manera habitual.
De acuerdo a lo establecido en el decreto, cada profesional será responsable de mantener vigente y regularizada su matrícula ante el Colegio o Consejo Profesional correspondiente. Para ello, próximamente se habilitará en la página web de Empleados Públicos de La Rioja un apartado específico donde podrán cargar la documentación que acredite la vigencia de la matrícula.
La normativa establece que la falta de acreditación de matrícula vigente implicará la suspensión del pago del ítem “Responsabilidad Profesional” hasta tanto se regularice la situación y se presente la documentación correspondiente ante la autoridad competente.
Por otra parte, el decreto contempla la posibilidad de que los Colegios y Consejos Profesionales gestionen un código de descuento para que los matriculados puedan autorizar, de manera voluntaria, el débito del valor de la matrícula a través del recibo de sueldo mensual.
En este sentido, se aclaró que dicha modalidad no será obligatoria y que quienes opten por realizar el pago por cuenta propia podrán solicitar la exclusión de este mecanismo ante la Subsecretaría de Gestión del Capital Humano.
Finalmente, se informó que en el caso de profesionales cuyas carreras no cuenten con colegiación o matriculación obligatoria, se trabajará de manera particular sobre cada situación específica.
