La Corte Suprema dejó firme una sentencia que ordena a la provincia de Buenos Aires resarcir económicamente a la familia de Delfina “Petty” Curuil.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de la Provincia de Buenos Aires y dejó firme una condena que obliga al Estado bonaerense a indemnizar a la familia de una mujer que denunció amenazas y hostigamiento antes de ser asesinada en un femicidio.
La víctima fue Delfina “Petty” Curuil, de 62 años, quien fue degollada el 2 de marzo de 2009 en su vivienda de Bahía Blanca por Adrián Andrés Gon, de 25 años. Según surge del caso, el agresor había hecho llegar amenazas previamente y la mujer realizó varias denuncias y pedidos de ayuda sin obtener asistencia.
Posteriormente, la hija de Curuil, en representación propia y de sus hijos, promovió una demanda contra el autor del crimen y contra la Provincia en reclamo de una reparación económica por los daños sufridos. La presentación sostuvo que existió una inacción de las fuerzas de seguridad al no implementar mecanismos preventivos y de protección pese a las denuncias formuladas por la víctima.
El juzgado interviniente hizo lugar a la demanda por daño moral y atribuyó el 80 por ciento de la responsabilidad al asesino y el 20 por ciento a la Provincia de Buenos Aires. Luego, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó la sentencia y elevó los montos fijados.
La provincia apeló al sostener que no existía relación causal entre el homicidio y su actuación, y argumentó que las denuncias habían sido tramitadas por los organismos correspondientes. Sin embargo, la Suprema Corte bonaerense rechazó ese planteo y confirmó la indemnización.
Conforme al fallo, el máximo tribunal provincial consideró acreditada la “inercia” y el “desinterés” de funcionarios y autoridades frente a los reiterados pedidos de intervención de la víctima, y señaló que las denuncias constituyeron una “alerta temprana” sobre el riesgo existente.
Contra esa decisión, la Fiscalía de Estado bonaerense presentó un recurso extraordinario que llegó en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el planteo y dejaron firme la condena indemnizatoria.
NA
