En adhesión al pedido del fiscal de cámara, Daniel Eduardo Zalazar, el Tribunal del juicio resolvió condenar al imputado a 10 años de prisión efectiva, por el delito “Abuso Sexual con Acceso Carnal mediante la realización de actos análogos, por introducción de partes del cuerpo por vía anal del menor víctima”.
El hecho se produjo en el domicilio particular de la víctima, mientras el agresor vivía en la casa de la familia.
El fiscal Zalazar había solicitado esa pena durante la instancia de alegatos, oportunidad en la que sostuvo que “durante el debate del juicio, se presentó evidencia contundente que logró probar el delito en contra de la víctima, y la autoría por parte del acusado”.
En ese marco el representante del Ministerio Público Fiscal, aseguró que “el motivo que lo llevó a cometer el delito, no fue otra cosa que satisfacer sus bajos instintos y aprovecharse de la inocencia de un niño que no pudo defenderse de tales agresiones sexuales”.
Por ello, el Tribunal del juicio, presidido por la jueza Rita Silvina Albornoz, junto a las juezas vocales, Karina Gómez e Iris Tobares; coincidió con el pedido del fiscal Zalazar, y resolvió condenar al imputado a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito “Abuso Sexual con Acceso Carnal mediante la realización de actos análogos, por introducción de partes del cuerpo por vía anal del menor víctima”, penado por el art. 119, tercer párrafo del CPA.
Además, el Tribunal dispuso que se establezca el acompañamiento terapéutico psicológico a las víctimas del delito, a través de las reparticiones del Estado con competencia en la materia.
Asimismo, se ordenó el traslado del condenado al Servicio Penitenciario Provincial de la ciudad de La Rioja.
Cabe destacar que durante todo el proceso, el fiscal trabajó junto al equipo técnico del MPF de Chilecito, integrado por la abogada Alejandra Nader.