El fallo dejó claro que no es necesario que un homicida tenga una relación previa con la víctima para que termine siendo condenado por femicidio. Las pericias refrendaron el perfil misógino del imputado y que ejerció poder y violencia para humillar a la joven a la que degolló en 2018.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense confirmó la prisión la prisión perpetua para el asesino de Nadia Arrieta, la joven degollada en 2018 en un comercio de la localidad de Villa Tesei, en un fallo donde dejó en claro que no es necesario que un homicida tenga una relación previa con la víctima para que termine siendo condenado por femicidio, como sucedió en este caso, informaron hoy fuentes judiciales.
Según el fallo –al que accedió Télam-, el máximo tribunal de justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso que la defensa oficial había presentado y así dejó firme la condena para Néstor Maximiliano Montiel (42) por “homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía”.
Con esta pena confirmada, Montiel deberá permanecer en la cárcel durante 35 años, por lo que no podrá salir de prisión hasta 2053, cuando tenga 73 años.
Montiel había sido condenado a la pena máxima por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de Morón en un juicio oral que culminó el 18 de marzo de 2019, y en 2020 la Sala I del Tribunal de Casación bonaerense había confirmado la sentencia condenatoria.
Pero la defensa oficial volvió a intentar una nueva apelación con un recurso ante la Corte de la provincia y entre los cuestionamientos, invocó la arbitraria y errónea aplicación de la agravante «femicidio» para este caso.
Cuestionamiento derribado
El voto de la presidente de la Corte bonaerense, la ministra Hilda Kogan, al que luego adhirieron sus colegas Sergio Torres, Daniel Fernando Soria y Luis Genoud, fue el que derribó este cuestionamiento de la defensa.
“La circunstancia de que el agresor no conociera previamente a la víctima -femicidio no íntimo-, tal como lo señalaron los órganos judiciales que actuaron en este caso, no impide la aplicación de la agravante ya que lo decisivo es que los elementos típicos de la violencia de género se encuentren configurados. Y en el caso lo están”, dice Kogan en uno de los párrafos del fallo al que accedió Télam.
“La circunstancia de que el agresor no conociera previamente a la víctima -femicidio no íntimo-, tal como lo señalaron los órganos judiciales que actuaron en este caso, no impide la aplicación de la agravante ya que lo decisivo es que los elementos típicos de la violencia de género se encuentren configurados. Y en el caso lo están”
Para la jueza, “a las pericias psiquiátrica y psicológica que refrendan un perfil misógino del imputado, se le suman las características que presentó el hecho”.
“El haber buscado Montiel la oportunidad de atacar por sorpresa a una mujer que se encontraba sola e indefensa, haberla golpeado e inmovilizado y haberle quitado sus pantalones, arrastrado y posicionado a su merced previo a ultimarla son circunstancias comprobadas que traslucen una relación de violencia y poder y dan cuenta de cómo el imputado transformó a su víctima en un objeto, denigrándola y aumentando así su humillación”, argumentó Kogan.
El caso tuvo gran repercusión no sólo por lo brutal del crimen, sino porque se descubrió que al momento del hecho el femicida Montiel gozaba de una libertad condicional que le fue concedida tras cumplir 15 de los 18 años de cárcel a los que había sido condenado por cuatro tentativas de homicidio y un abuso sexual, todos cometidos en 2001 contra miembros de su propia familia, lo que generó un pedido de juicio político para los camaristas de Morón que le habían dado el beneficio.
Ataque sexual
El femicidio de Nadia (31) fue cometido el 1 de marzo de 2018 y si bien en el caso no se obtuvieron evidencias científicas para probar un abuso consumado, según la investigación realizada por el fiscal de Morón Mario Ferrario, el móvil del crimen fue un ataque sexual.
Según lo acreditado en el juicio, Montiel ingresó a las 12.45 del mediodía al local de venta de regalos «NyB» de Arrieta, situado en avenida Pedro Díaz 596, de Villa Tesei, partido de Hurlingham.
Allí, el delincuente maniató y amordazó a la mujer y con un arma blanca le efectuó un corte en el cuello, que le provocó la muerte.
Montiel estuvo prófugo cuatro días, hasta que el 5 de marzo de 2018 fue detenido cuando planeaba encontrarse con su novia en Avellaneda.
Entre las pruebas que llevaron a su condena figuran las imágenes de cámaras de seguridad que grabaron a Montiel cuando llegaba y cuando huía de la escena del crimen y escuchas realizadas a su teléfono celular, cuyo número la propia Arrieta había dejado anotado en un papel hallado en su local junto al nombre «Maxi».
También fue clave el hallazgo en poder de Montiel de una bolsa celeste con un termo y dos latas para yerba y azúcar iguales a las que vendía Arrieta en su local, un juego de llaves de la víctima y una mochila con un cuchillo con mango de madera.
Pero la evidencia científica que probó la presencia de Montiel en la escena del crimen fue el informe del sistema AFIS -la base de datos de improntas dactilares de personas con antecedentes-, que identificó como suya una huella dactilar encontrada en una lata plateada.
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Fuente: Télam