El fiscal Martín Oneto entendió que las pruebas presentadas en cada una de las causas son contundentes, para que estos cuatro progenitores vayan a juicio por no prestar los medios indispensables y/o la cuota correspondiente para la subsistencia de sus hijos menores de edad.
Cabe señalar que el proceso penal, en cada uno de los casos, se inició por la denuncia de sus respectivas ex parejas.
En las denuncias las pruebas en común son los acuerdos que realizó cada pareja una vez que se separaron, pero que no fueron cumplidos por ninguno de los progenitores imputados.
Por ello, el representante del Ministerio Público Fiscal hizo su requerimiento a la jueza Jesica Marano (titular de Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1); afirmando que la conducta desplegada por estos cuatro sujetos está prevista y penada en el Art. 1 de la Ley N° 13.944 de Incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar, que promueve la prisión o multa para quien no preste “los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de dieciocho años, o de más si estuviere impedido”.