La decisión fue adoptada por el juez de Garantías 1 de San Isidro, Ricardo Costa, quien notificó en persona al acusado en su lugar de detención. El doble crimen ocurrió en agosto pasado en el partido bonaerense de Vicente López.
La Justicia de San Isidro impuso este viernes la prisión preventiva a Martín Santiago Del Río como presunto autor del doble homicidio de sus padres, ocurrido en agosto pasado en el partido bonaerense de Vicente López, informaron fuentes judiciales.
La decisión fue adoptada por el juez de Garantías 1 de San Isidro, Ricardo Costa, quien notificó en persona al acusado en su lugar de detención, la Delegación Departamental de Investigaciones de San Isidro.
Tal como habían solicitado el lunes pasado los fiscales de Vicente López Martín Gómez, Alejandro Musso y Marcela Semería, Del Río (57) seguirá detenido por «doble homicidio calificado por alevosía, por el vínculo, por el uso de arma de fuego y por ser ‘criminis causae (matar para lograr impunidad)’, delito que prevé como única pena la prisión perpetua, en perjuicio de José Enrique Del Río (74) y su esposa María Mercedes Alonso (72).
En la misma resolución, Costa rechazó el pedido de cese de detención y una nulidad referida al testimonio de la amante del imputado, que había planteado la defensora de Del Rio, Mónica Chirivin.
El juez ya pidió cupo al Servicio Penitenciario Bonaerense para que el acusado sea alojado en alguna Unidad Carcelaria.
«No puedo menos que coincidir con los agentes fiscales, en cuanto a la existencia, al menos a esta altura de la pesquisa, de un cuadro de sospecha de una entidad tal que permite afirmar que el detenido Martín Santiago Del Río ha sido probable autor material penalmente responsable»
Ricardo Costa, juez de Garantías de San Isidro
«No puedo menos que coincidir con los agentes fiscales, en cuanto a la existencia, al menos a esta altura de la pesquisa, de un cuadro de sospecha de una entidad tal que permite afirmar que el detenido Martín Santiago Del Río ha sido probable autor material penalmente responsable del suceso que a él se le enrostra», afirmó el magistrado en su fallo de 115 páginas al que Télam tuvo acceso.
Además, ante el pedido de sobreseimiento que el abogado Hugo López Carribero había planteado para María Ninfa «Nina» Aquino -la empleada de las víctimas que estuvo 13 días detenida por el caso-, el juez le corrió vista a los fiscales para que den su opinión e informen si sobre ella hay alguna medida de prueba pendiente.
El juez destacó «que la persona de género masculino que fuera observada egresar del domicilio de las víctimas por las cámaras de seguridad fue reconocido al tomar vista de las imágenes, tanto del recorrido previo a dirigirse a la vivienda de los damnificados como con posterioridad, como el aquí imputado por seis personas que depusieran bajo juramento de ley en ese sentido, ello considerando un particular modo de caminar y desplazarse».
«El sujeto observado en las cámaras, previo a ingresar al domicilio las víctimas, como lo sostuvieron los representantes del Ministerio Público Fiscal ‘sugestivamente’ se desplazaba cubriendo la totalidad de su cuerpo y rostro, extremo muy llamativo pues se aprecia que el clima de ese día no lo ameritaba (se visualizan personas circulando con remeras) y que en todo momento ocultar a su rostro mediante el empleo de una gorra con visera roja y un barbijo descartable de color celeste», sostuvo.
El juez recordó que ese «caminante» llevaba un morral y una bolsa de una empresa en la que trabajó la mujer con la que mantuvo una relación sentimental y que luego en su poder le fueron secuestrados elementos similares, al igual que un barbijo y una gorra de las mismas características.
Costa coincidió con la fiscalía respecto de que «el causante habría tomado el recaudo de no concurrir a bordo de ningún tipo de vehículo hacia el lugar del hecho, mucho menos en el propio, que habría dejado su aparato telefónico en el mismo lugar donde estacionó su camioneta- inmediaciones de la plaza Ricchieri-, todo ello a efectos de evitar la captación de otras antenas, permaneciendo dicho aparato en ese lugar durante todo el lapso de producción del evento pero sin que se detectara actividad o llamadas salientes ni utilización del mismo (solo llamadas recepcionadas pero no atendidas)».
«A su vez fue metódico a la hora de elegir los lugares para desplazarse, pues trató de evitar sitios con mayor concentración de cámaras fílmicas, pero existe un dato que al contrario de lo aquél pretendió ocultar, pone de manifiesto su posible vinculación con el suceso y es el recaudo de haber ocultado toda su integridad mediante el uso de gorra, capucha, barbijo, abrigo de mangas largas, pues desde el razonamiento Fiscal (acertado, entiendo), sólo una persona que podría ser reconocida en imágenes y allegada a la familia, podría pretender ocultarse de ese modo», resaltó.
De esta manera, para el juez «solo una persona de confianza como él, podía generar que los aquí damnificados ingresaran dócilmente al vehículo y que el hecho que no existan indicadores de un accionar defensivo por parte de las víctimas ilustran también a las claras que los disparos provinieron de alguien de quienes ellas no desconfiaban ni temían».
Para la fiscalía, la motivación del hecho fue la frustrada operación inmobiliaria por la cual las víctimas pensaban que ese mismo día iban a mudarse a un lujoso departamento del barrio porteño de Núñez, valuado en más de un millón y medio de dólares y que Del Río hijo nunca pudo concretar.
Del Rio padre y Alonso aparecieron asesinados -él de tres balazos y ella de uno-, el pasado 25 de agosto en el interior de su automóvil en el garaje de su casona de la calle Melo 1101, de Vicente López.
Fuente: Télam