El proyecto de reforma laboral y sindical que el Gobierno nacional envió al Senado propone una modificación profunda de las relaciones laborales en la Argentina. La iniciativa redefine las condiciones de trabajo, reduce derechos adquiridos y debilita las herramientas colectivas de defensa, al tiempo que amplía los márgenes de acción de los empleadores.
Un análisis del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) advierte que la reforma implica un retroceso estructural tanto para el empleo registrado como para el informal, al desplazar al Estado de su rol constitucional de mediación y protección en el mundo del trabajo.
Un cambio estructural en las relaciones laborales
Según el CELS, el proyecto flexibiliza las condiciones de contratación, desprotege a quienes trabajan y refuerza privilegios patronales. En paralelo, debilita los mecanismos de control estatal y judicial, lo que impacta de lleno en la parte más vulnerable de la relación laboral.
La reforma afecta la estabilidad laboral, extiende la jornada de trabajo, altera el reconocimiento del descanso y debilita la protección frente a enfermedades, accidentes y despidos arbitrarios. Además, limita derechos colectivos como la huelga, la libertad sindical y la negociación colectiva, con mayor impacto en mujeres y personas en condiciones precarias o informales.
Jornadas más largas y menos pago por horas extras
Uno de los puntos centrales del proyecto habilita jornadas de hasta 12 horas diarias y reemplaza el pago de horas extras por sistemas de compensación definidos mediante acuerdos individuales.

El CELS advierte que la reforma parte de una premisa irreal: que quienes trabajan pueden negociar en igualdad de condiciones con sus empleadores, sin presiones ni asimetrías. En un contexto de alta informalidad y precarización, esa lógica favorece la imposición empresarial sobre los derechos laborales.
Cambios judiciales que inclinan la balanza
El proyecto elimina el principio de aplicación de la ley más favorable al trabajador en los conflictos judiciales. Esta modificación altera un estándar legal vigente desde hace más de medio siglo y desarma uno de los pilares de protección constitucional frente a la desigualdad entre las partes.
Menos protección ante enfermedades y despidos
La iniciativa elimina la obligación patronal de mantener el salario durante una enfermedad. En esos casos, el empleador podría reasignar tareas con una remuneración menor, reduciendo ingresos en un momento de mayor vulnerabilidad.
Además, en los despidos injustificados se excluyen del cálculo indemnizatorio conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios, estableciendo la antigüedad como techo máximo de cualquier reclamo.
Indemnizaciones licuadas y fondo laboral
El proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral, que reemplaza el esquema tradicional de indemnizaciones y permite pagarlas en hasta 12 cuotas, licuando su valor real. El fondo se financiaría con el 3% de los aportes a la seguridad social, lo que implicaría un desfinanciamiento del sistema previsional.
El CELS remarca que el fondo solo cubriría relaciones laborales de más de doce meses y excluye al empleo no registrado, dejando fuera a quienes trabajan en la informalidad.
Más obstáculos para probar una relación laboral
La reforma dificulta la prueba del vínculo laboral. Por ejemplo, una persona monotributista que factura mensualmente para una empresa no podría usar esas facturas como prueba, aun cuando el esquema haya sido impuesto por el empleador.
Esto habilita a las empresas a encuadrar relaciones laborales como contratos de servicios, evitando indemnizaciones ante un despido.
Amnistías para empleadores y subcontratación
El proyecto contempla amnistías para empleadores que no hayan registrado a sus trabajadores durante años, eliminando sanciones y multas. Según el análisis, esto incentiva la evasión de aportes y traslada los costos a quienes trabajan.
También se facilitan sistemas de subcontratación, diluyendo responsabilidades del empleador principal cuando los contratistas incumplen obligaciones laborales.
Más precarización en el trabajo doméstico
La reforma amplía el período de prueba para las trabajadoras de casas particulares de 30 días a seis meses, lo que incrementa el riesgo de despidos sin protección. La medida impacta especialmente en mujeres, migrantes y sectores históricamente precarizados.
Golpe al derecho a huelga y a la negociación colectiva
El proyecto amplía la definición de servicios esenciales y prohíbe la huelga en una gran cantidad de actividades. En la práctica, esto impediría parar a casi el 43% de los trabajadores, vaciando de contenido el derecho a huelga.
Además, prioriza los convenios por empresa sobre los convenios colectivos, avanzando contra la ley 12.250, que establece la aplicación del convenio más favorable. Este cambio fragmenta la negociación colectiva y expone a quienes trabajan a negociar en condiciones de mayor debilidad frente al empleador.
