El gobernador de Mendoza Rodolfo Suárez pidió que se declare inconstitucional la decisión del Gobierno de entregarles tierras a los mapuches.
Fue después de la publicación en el Boletín Oficial que oficializó la cesión de tierras a las comunidades mapuches Lof El Sosneado y Lof Suyai Levfv, en los departamentos de San Rafael y Malargüe. El mandatario provincial consideró que se trata de una ocupación.
“Solicité a la Asesoría de Gobierno y a la Fiscalía de Estado, que se realicen los procedimientos necesarios ante los organismos competentes para declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones nacionales que han determinado la entrega de tierras en el sur de la provincia”, escribió Suárez en su cuenta de Twitter.
El reclamo llega en medio de la detención de Facundo Jones Huala, que se encontraba prófugo de la justicia chilena y fue detenido en las últimas horas en una casa de El Bolsón, Río Negro.
“Por años el gobierno nacional ha permitido la desidia que hemos visto en la Patagonia en materia de seguridad, protegiendo a grupos que dicen ser descendientes de pueblos originarios y que someten los principios de libertad y propiedad privada. En Mendoza no lo permitiremos”, advirtió Suárez.
Además, recordó: “Lo dije hace un año de manera exagerada, si no le damos la seriedad y la institucionalidad que el tema merece, alejándonos de los discursos fanáticos, vamos a tener estos grupos exigiendo la entrega de propiedades en toda Mendoza”.
Los cruces entre Mendoza y el Gobierno Nacional por las tierras entregadas a los mapuches
La situación ya había generado quejas del senador Alfredo Cornejo, quien aseguró que de esta forma el Gobierno hace “daño” a Mendoza.
Según el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), las comunidades indígenas tienen “derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley”, informó Diario Uno de esa provincia. En la resolución también se dictamina que estos territorios serán no enajenables, ni transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos.