El cuerpo de concejales aprobó el Presupuesto del Municipio Capital para el 2025. Fue durante la sesión de este miércoles, donde también quedaron establecidas la Ordenanza Impositiva y las Reformas al Código Tributario. Al respecto, se contó con el respaldo de 10 concejales, ya que, además de los votos del bloque Frente Justicialista, se sumó el apoyo de los ediles Carlos Roncoroni y Nazareno Rippa, quienes, aunque expresaron algunas disidencias, acompañaron las iniciativas presentadas por el Ejecutivo Municipal.
El presupuesto, actualizado conforme a la pauta inflacionaria interanual, destina alrededor del 60 % a la cobertura de recursos humanos del Municipio. Según el dictamen de la Comisión de Hacienda:
«Del análisis riguroso y comparativo de la pauta establecida para cada secretaría, se observa una disminución en la cantidad de estas, reduciéndose a seis: Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Servicios Públicos y Movilidad, Secretaría de Obras Públicas y Secretaría de Ambiente. Asimismo, se registra una disminución de cargos en la planta del personal del Municipio, tanto del escalafón general como del personal no escalafonado del DEM».
Además, el presupuesto asigna recursos para dar cumplimiento a la Ordenanza N.º 5561, que establece el Presupuesto Participativo y el Proyecto de Presupuesto Participativo Joven, iniciativa del concejal Benzo. Al respecto, los miembros de la Comisión de Hacienda señalaron:
«Se autoriza al DEM a asignar recursos para su implementación, que surgirán de determinar un porcentaje del incremento en los recursos por tasas y contribuciones dentro del presente presupuesto».
Impositiva y Reforma al Código Tributario
Mediante la Ordenanza N.º 6584, quedaron sancionadas las modificaciones al Código Tributario para el año 2025. Estas reformas fueron trabajadas por las comisiones de Hacienda y Legislación, y finalmente aprobadas por mayoría en el cuerpo deliberativo.
La normativa establece que la Dirección General de Rentas será denominada Organismo Fiscal, y se le atribuyen funciones relacionadas con la determinación, verificación, recaudación, repetición y compensación de tributos, así como la aplicación de multas por infracciones al Código y demás ordenanzas tributarias. Según el anexo aprobado:
«Todas las facultades y funciones atribuidas por este Código u Ordenanzas Tributarias especiales al Organismo Fiscal serán ejercidas por el Director General, quien lo representa ante los poderes públicos, los contribuyentes y los terceros, con carácter de juez administrativo en los asuntos de su competencia».
En caso de licencia o ausencia del Director General, será subrogado por otros funcionarios con igual rango, salvo disposición contraria del Departamento Ejecutivo.
Por otro lado, mediante la Ordenanza N.º 6585, quedó sancionada la normativa impositiva para el próximo año. En el dictamen de Hacienda, se aclaró que los montos de esta ordenanza se expresan en Unidades Tarifarias Municipales (UTM), cuyo valor fue fijado en 50 pesos.
Entre las disposiciones, se establece la tasa para el Servicio Especial de Chipeado, a cargo del área de Ambiente Municipal, en 1650 UTM por hora, para ramas y troncos de hasta 10 cm de diámetro, quedando el producido a disposición del solicitante del servicio.
Además, se incorporó un apartado al artículo 89 para la habilitación de locales comerciales asociados al comercio, la industria y los servicios, con los siguientes valores:
- De 1 a 40 metros cuadrados: 400 UTM.
- De 41 a 100 metros cuadrados: 600 UTM.
- De 101 a 400 metros cuadrados: 1600 UTM.
- Más de 401 metros cuadrados: 2000 UTM.