El Gobierno desregula el mercado de GLP, limitando la intervención estatal a la seguridad. Precios, oferta y demanda ahora en manos del mercado.
El anuncio en X:
DESREGULAMOS EL MERCADO DEL GLP. El Decreto Delegado 446/2025 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @LuisCaputoAR moderniza la Ley 26.020 de Gas Licuado de Petróleo (sí, las garrafas). Una mala ley kirchnerista de 2005 que había metido todos los costos del Estado en un mercado que hasta ese momento había operado de manera desregulada. Las delegaciones de la La Ley Bases 27.742 nos permiten hacer cambios acotados a esta ley, que hacemos en este decreto. Veamos:
Primero. Desaparece la obligación de pedir permiso para ser fraccionador, distribuidor o comercializador de GLP. Si cumplís los requisitos de seguridad, OPERÁS. Presentas la documentación y la autoridad de aplicación tiene diez días para pedir alguna corrección. Es decir, pasamos de un régimen donde se limita la actividad privada, a uno donde limitamos el poder paralizador del Estado. En este cambio de paradigma pasamos de un “no podés hacer esta actividad salvo que yo te dé una autorización expresa» a un “si cumplís (requisitos de seguridad, primordialmente), podés”. Este nuevo concepto, que estamos replicando en muchas áreas, está más alineado con el principio de derecho al comercio consagrado en nuestra Constitución.
Segundo: se hacen más eficientes las inspecciones de seguridad ya que la Secretaría de Energía puede apelar ahora a organismos públicos o privados que comprueben el cumplimiento de las condiciones de seguridad (antes era solo el ENARGAS).
Tercero: los Centros de Canje. Existe la presunción que la ley se armó para montar “el negocio de los centros de canjes” que eran obligatorios en la versión anterior. El tema es que toda empresa está obligada a tomar garrafas aunque no sean suyas (esa obligación persiste en la nueva versión, además de que las facultades no nos permitían sacarla aunque hubiéramos querido). La diferencia es que en la versión actual autorizamos a las empresas a buscar los mecanismos más eficientes para intercambiarse los envases que no son propios. En definitiva, desmontamos el curro del intermediario exigido por el Estado.
Cuarto: Importación y Exportación. Antes el Estado podía prohibir importaciones si el GLP venía subsidiado (¿en serio?, el gobierno kirchnerista de la casta era cruel con los argentinos). Liberamos las importaciones y las exportaciones (sí, como en todas las industrias hay restricciones para exportar).
Quinto: se eliminan los precios de referencia. Los precios libres son la mejor brújula para un mercado sano.
Sexto: redefinimos las funciones de la Autoridad de Aplicación limitándolo a los temas de seguridad.
La desregulación parte de la base que la mejor manera de que un mercado funcione es que pueda competir. Es la idea central a la que nos empuja cotidianamente nuestro presidente @JMilei.
Aquí parte del comunicado del ministro en X:
DESREGULAMOS EL MERCADO DEL GLP. El Decreto Delegado 446/2025 con firma de @JMilei, @GAFrancosOk y @LuisCaputoAR moderniza la Ley 26.020 de Gas Licuado de Petróleo (sí, las garrafas). Una mala ley kirchnerista de 2005 que había metido todos los costos del Estado en un mercado que hasta ese momento había operado de manera desregulada. Las delegaciones de la La Ley Bases 27.742 nos permiten hacer cambios acotados a esta ley, que hacemos en este decreto. Veamos:
Primero. Desaparece la obligación de pedir permiso para ser fraccionador, distribuidor o comercializador de GLP. Si cumplís los requisitos de seguridad, OPERÁS. Presentas la documentación y la autoridad de aplicación tiene diez días para pedir alguna corrección. Es decir, pasamos de un régimen donde se limita la actividad privada, a uno donde limitamos el poder paralizador del Estado. En este cambio de paradigma pasamos de un “no podés hacer esta actividad salvo que yo te dé una autorización expresa» a un “si cumplís (requisitos de seguridad, primordialmente), podés”. Este nuevo concepto, que estamos replicando en muchas áreas, está más alineado con el principio de derecho al comercio consagrado en nuestra Constitución.
Segundo: se hacen más eficientes las inspecciones de seguridad ya que la Secretaría de Energía puede apelar ahora a organismos públicos o privados que comprueben el cumplimiento de las condiciones de seguridad (antes era solo el ENARGAS).
Tercero: los Centros de Canje. Existe la presunción que la ley se armó para montar “el negocio de los centros de canjes” que eran obligatorios en la versión anterior. El tema es que toda empresa está obligada a tomar garrafas aunque no sean suyas (esa obligación persiste en la nueva versión, además de que las facultades no nos permitían sacarla aunque hubiéramos querido). La diferencia es que en la versión actual autorizamos a las empresas a buscar los mecanismos más eficientes para intercambiarse los envases que no son propios. En definitiva, desmontamos el curro del intermediario exigido por el Estado.
Cuarto: Importación y Exportación. Antes el Estado podía prohibir importaciones si el GLP venía subsidiado (¿en serio?, el gobierno kirchnerista de la casta era cruel con los argentinos). Liberamos las importaciones y las exportaciones (sí, como en todas las industrias hay restricciones para exportar).
Quinto: se eliminan los precios de referencia. Los precios libres son la mejor brújula para un mercado sano.
Sexto: redefinimos las funciones de la Autoridad de Aplicación limitándolo a los temas de seguridad.
La desregulación parte de la base que la mejor manera de que un mercado funcione es que pueda competir. Es la idea central a la que nos empuja cotidianamente nuestro presidente @JMilei.