Un nuevo fallo judicial impacta de lleno en la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. La Justicia del Trabajo resolvió suspender la aplicación del artículo que declaraba a la educación como servicio esencial, lo que limitaba el derecho a huelga de los docentes en todo el país.
La medida fue dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N° 74 y responde a un planteo presentado por la Unión Docentes Argentinos (UDA), encabezada por Sergio Romero.
Qué implica el fallo judicial
La resolución deja sin efecto, de manera provisoria, la aplicación del artículo 101 de la Ley N.º 27.802 en el ámbito educativo. Esta norma establecía que, ante una medida de fuerza, los gremios debían garantizar un funcionamiento mínimo del 75% del servicio.
Con la suspensión de la “esencialidad”, los sindicatos docentes ya no estarán obligados a sostener ese nivel de actividad durante un paro. De este modo, queda resguardado el ejercicio pleno del derecho constitucional de huelga mientras se define la cuestión de fondo.
Desde la UDA señalaron que la decisión judicial mantiene vigente la libertad sindical y la negociación colectiva, pilares del sistema laboral argentino.
El rol de UDA y la postura gremial
El reclamo judicial fue impulsado por la UDA, que cuestionó la constitucionalidad de la medida incluida en la reforma laboral. Su titular, Sergio Romero, celebró el fallo y sostuvo: “La Justicia nos dio la razón y nos garantizan los derechos históricos”.
El dirigente gremial también apuntó contra el enfoque de la normativa. “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos”, afirmó.
La medida cautelar tiene alcance nacional y beneficia a la totalidad de los trabajadores de la educación. Además, el expediente continuará su trámite en el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, donde ya existe una cautelar previa de alcance general.
Este fallo se suma a otras resoluciones recientes que pusieron en pausa distintos artículos de la reforma laboral. Días atrás, la Justicia ya había suspendido más de 80 puntos de la normativa tras un planteo de la CGT.
La decisión judicial reconfigura el escenario sindical en el sector educativo. Sin la obligación de garantizar servicios mínimos, los gremios recuperan margen de acción para impulsar medidas de fuerza.
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Mientras tanto, el Gobierno deberá esperar una resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la reforma. Hasta entonces, las disposiciones cuestionadas no podrán aplicarse.
