El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, conformado por su presidenta Dra. Karina Daniela Cabral e integrado por los vocales jueces, Dra. Sara Alicia López Douglas y Dr. Ariel Sebastián Bacco, llevó a cabo la última audiencia del juicio en contra de Diego Bazán acusado del delito de “Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”, previsto y penado en los artículos 79 y 41 Bis del Código Penal.
Este jueves, en la sala de audiencias de la Cámara Tercera, luego de la recepción de los últimos dos testimonios, de la declaración del imputado y de incorporada la prueba documental, el Tribunal dio lugar a la etapa de alegatos.
En ese marco, los fiscales Dres. Rafael López y José Oliveros Icazatti, consignaron cómo se perpetró el delito, reconstruyendo el hecho a partir de los dichos de los testimonios y las pruebas documentales, tales como los informes criminalísticos, policiales y médicos. Luego mencionaron que el acusado fue detenido en Córdoba, 18 días después de lo sucedido, lo que demostraría que el mismo eludió a la justicia. Además, señalaron las causas judiciales en trámite que posee, en las que se lo acusa por hechos de robo, amenazas, intento de homicidio, lesiones, daños, hurto y privación ilegítima de la libertad, lo que “es un claro indicativo de que es una persona con un alto grado de agresividad”.
Finalmente, los representantes del Ministerio Público Fiscal, entendieron que el imputado, planificó la muerte de la víctima, contó con un grupo de apoyo para perpetrar el delito y, sin discusión de por medio, efectuó varios disparos, impactando uno en la víctima, el cual le causó la muerte casi de manera inmediata. Por lo expuesto, consideraron que se acreditaron las circunstancias de tiempo, modo y lugar, como así también la autoría del ilícito, por lo que pidieron que se lo condene a la pena de prisión de 25 años de cumplimiento efectivo, teniendo en cuenta la naturaleza de la acción, la extensión del daño causado a la familia de la víctima y las causas penales abiertas que tiene el acusado.
Seguidamente, la Defensa técnica compuesta por los Dres. Gabriel Pavón y Mario Fuentes, calificó de arbitrario el pedido de Fiscalía, alegó la existencia de dudas durante todo el proceso, recalcando incongruencias respecto del auto de procesamiento.
Asimismo, argumentaron que, de acuerdo a las pruebas, se efectuaron dispararon con armas diferentes en el lugar del hecho, lo cual coincide con el relato que el acusado brindó al momento de declarar. En ese sentido, aseguraron que el MPF no logró determinar de forma certera, quién efectuó el disparo fatal, puesto que había otras personas armadas en la propiedad donde ocurrió el homicidio.
Posteriormente, descartaron que las causas judiciales abiertas puedan ser consideradas como antecedentes penales, puesto que no tiene condenas previas. Por último, solicitaron la absolución de su defendido en beneficio de la duda o pidieron que, en caso de hallarlo culpable, sea condenado a la mínima pena teniendo en cuenta la jurisprudencia local.
El hecho por el que se iniciaron las actuaciones, ocurrió el 17 de febrero de 2019, cerca de las 02:00, en una vivienda ubicada en barrio La Quebrada. Allí se produjo una discusión entre la víctima José Alejandro Rodríguez y el imputado, quien habría ingresado al domicilio portando un arma de fuego. En medio del altercado, el acusado habría efectuado varios disparos, impactando uno de ellos en la pierna del propietario de la vivienda, el Sr. José L. M. y otro en el abdomen de la víctima, produciéndole la muerte a este último, debido a una hemorragia masiva y shock hipovolémico.