El juez de Ejecución Tributaria de Corrientes, Alejandro Aquino Britos, rechazó un recurso presentado por el partido Ciudadanos a Gobernar para que se declare la inconstitucionalidad de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), tras considerar que la acción promovida resulta «inadmisible», dijeron fuentes judiciales.
La causa ingresó como «medida autosatisfactiva» al Juzgado de Ejecución Tributaria bajo la caratula “Partido Ciudadanos a Gobernar Distrito Corrientes C/ Gobierno de la provincia de Corrientes y Ministerio de Salud Publica de Corrientes / Amparo”.
El juez Aquino Britos consideró que los presupuestos (o requisitos) necesarios de esa medida no se cumplían en el presente caso. Analizó la admisibilidad o inadmisibilidad de la pretensión y, en ese sentido, indicó que no surgía de modo flagrante la arbitrariedad o ilegalidad.
Agregó que “la determinación de la eventual invalidez del acto requería una mayor amplitud de debate y prueba, que no constaban en este caso”.
El magistrado fundamentó que “la ‘parte’ debe demostrar la existencia de un interés jurídico suficiente o que los agravios expresados la afecten de manera suficientemente directa o sustancial”.
“El interés jurídico eventualmente estará en cabeza de cada una de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar o no, de acuerdo a sus convicciones”, remarcó.
