La jueza de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas, Carla Menem dialogó con MEDIOS RIOJA sobre el fallo de su autoría, en el que ordena a Google y a una web a eliminar y desindexar contenido íntimo de una mujer.
“La diferencia está en eliminar el contenido subido y desindexar de los canales de búsqueda en Google, que estén asociados a imágenes o palabras. Que su nombre no lleve a pornografía o sitios de esa índole”, explicó la magistrada.
En ese aspecto, comentó que, La Ley Olimpia contempla la violencia digital, y es lo que habilitó a la magistrada al fallo, que si bien la medida autosatisfactiva no fue en el marco de la legislación vigente, sino que pone fin a un conflicto y que concluye en ser favorable. “El análisis es más exigente para poderle dar curso”, dijo.
Las imágenes fueron publicadas por un sujeto que le robó el celular a la victima. “Aquí no interesa la culpabilidad de la persona que comete el daño, sino las medidas cautelares que se dicten que de forma inmediata se ordene a Google la desindexación de las imágenes”, expuso la jueza.
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