El Tribunal unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidido por la jueza Sara Alicia López Douglas, efectuó la última audiencia del juicio en contra de Carlos N. R., acusado del delito de “Abuso sexual calificado por el vínculo”, previsto en el artículo 119, primer y último párrafo, inciso b del Código Penal.
Luego de la recepción del último testimonio, el Tribunal abrió la etapa de incorporación de prueba documental e informativa, y a continuación, las partes procedieron a exponer los alegatos.
En ese sentido, la Querella, compuesta por el Dr. Alejandro Alcaraz y la Dra. Nadia Mercado Romero, subrayó que no se trató de un hecho aislado, sino de un delito perpetrado de forma crónica. Además, hicieron hincapié en la corta edad de la víctima y en cómo lo sucedido la afectó de manera psicológica, provocando un cambio de personalidad en ella. En ese marco, esta parte pidió que se analice el caso desde una perspectiva de género y que se lo enmarque como abuso sexual infantil y maltrato infantil.
En segundo lugar, el fiscal Dr. Rafael López, precisó cómo se dieron los hechos, repasó los informes psicológicos que señalan que el relato de la víctima fue espontáneo, consistente, coherente, sin contradicciones, ni influencia de terceros. Aseguró que las pruebas arrojan el grado de certeza suficiente que se exige y acreditan la materialidad y autoría de los hechos, por lo que Carlos N. R. debe ser declarado culpable de Abuso sexual Calificado, previsto y penado en el artículo 119, primer y último párrafo, inciso b del Código Penal y condenado a la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, por la aplicación de agravantes como: la naturaleza del delito, la minoría de edad de la víctima, la cronicidad de los hechos, la afectación psicológica de la menor y la mayoría de edad del imputado.
En su turno, la abogada defensora Dra. Mónica Vidable, sostuvo que, durante el proceso, no se pudo determinar qué sucedió con la niña, no se precisaron con claridad las circunstancias de tiempo y modo en el que se habrían perpetrado los hechos. De igual forma, planteó que el develamiento de lo sucedido, se dio luego de una represalia realizada por la madre a la menor, por una mala nota obtenida en el colegio, por lo que insinuó que la niña podría haber inventado el relato para “zafar” del castigo.
También, señaló que, cuando la supuesta víctima cumplió la mayoría de edad, intentó revincularse con su padre.
A raíz de lo expuesto y por el beneficio de la duda, la Defensora pidió la absolución de su cliente.
El hecho del que se lo acusa, habría tenido lugar, en oportunidad en que Carlos N. R. retiraba a su hija y la llevaba a su domicilio, donde habría sometido a la menor a tocamientos en sus partes íntimas. Esto habría ocurrido desde que la niña tenía 5 y hasta los 11 años, momento en el cual la víctima (de 18 años en la actualidad) le relató el hecho a su madre y ésta realizó la denuncia en 2016.