La jueza Edith Elizabeth Agüero, concretó, en la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, un juicio abreviado, mediante el cual, resolvió condenar a Gonzalo S. D. a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, tras encontrarlo culpable del delito de “Robo Doblemente Calificado con Escalamiento y con Efracción en Flagrancia”.
Posteriormente, lo declaró como reincidente por quinta vez, sin posibilidad de obtención del beneficio de libertad condicional, según lo establecen los artículos 14 y 50 del Código Penal.
En seguida, la Magistrada ordenó que se oficie a la Directora del Servicio Penitenciario Provincial, a los fines de que continue alojado al condenado en las Instalaciones, para el cumplimiento de la pena aquí impuesta, de acuerdo al artículo 528 del Código Procesal Penal de La Rioja.
El hecho fue perpetrado el 30 de octubre de 2022, cerca de las 14:30, en circunstancias en que Gonzalo S. D. de 38 años de edad, saltó el tapiado de una vivienda ubicada en B° Libertador, luego rompió una puertaventana y logró ingresar al sector de la cocina, situación que fue advertida por una empleada del propietario, quien sorprendió al condenado cuando se apoderaba de una mochila que contenía en su interior una computadora notebook marca HP y dinero en efectivo. Ante su presencia, Gonzalo emprendió la huida, pero la joven lo siguió y alertó a una unidad policial que pasaba por el lugar, la cual inició una persecución, logrando atraparlo pocos minutos después.
El juicio abreviado es un procedimiento legal y válido para dictar una sentencia, sea o no condenatoria; para el cual debe existir un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el imputado y su defensor (público o privado) y la Querella si la hubiere.