La Dirección General de Tráfico de la Nación (DGT) anunció una gran variedad de cambios para el próximo año donde incluye al menos 35 enfermedades que quienes las padezcan sólo podrán renovar o sacar licencia con aval médico. Recientemente, la Dirección General de tráfico (DGT) anunció nuevas medidas que endurecerán en 2025 la forma de acceder a la licencia de conducir. Según el organismo, el objetivo es garantizar la seguridad vial y reducir considerablemente el número de accidentes de tráfico.
¿Cuáles son los cambios que se vienen en la licencia de conducir?
Desde la DGT, uno de los cambios que anunciaron son un mayor número de controles médicos, los cuales serán más rigurosos para renovar el carnet. Estos se centrarán en la detección de enfermedades o condiciones que puedan afectar a la capacidad de conducir de forma segura.
Asimismo, realizaron una lista de 35 enfermedades que serán incompatibles con manejar. Entre ellas se incluye enfermedades como la epilepsia, depresión, Alzheimer, entre otras. Otra de las cuestiones para tener en cuenta es la evaluación individualizada.
Es decir, en el caso de los conductores que sufren alguna de las enfermedades que se encuentran dentro del mencionado listado, podrán renovar su carnet siempre y cuando un médico especialista determine que su conducción les permite manejar de forma segura.
Listado: cuáles son las enfermedades incompatibles con el manejo
Entre la lista de las enfermedades que, en principio, no sería compatible con la conducción se encuentran las siguientes:
Enfermedades digestivas: enfermedades como la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn, la celiaquía, entre otros;
Enfermedades endocrinas: hipotiroidismo, paratiroides, diabetes, entre otras;
Enfermedades respiratorias: Asma, EPOC, entre otras;
Enfermedades mentales: trastorno bipolar, ansiedad, depresión, entre otras;
Enfermedades cardiovasculares: angina de pecho, arritmias, entre otras;
Enfermedades neurológicas y degenerativas: esclerosis múltiple, Alzheimer, Parkinson, entre otras;
Otras enfermedades: cáncer, epilepsia, problemas de visión, entre otras.
Cabe recalcar que, puede haber excepciones en función de lo que determinen los médicos. Además, algunas tienen tiempos mínimos para volver a conducir, como, por ejemplo, determinado lapso luego de una intervención quirúrgica o haber pasado un determinado tiempo sin que hayan existido episodios de la enfermedad.
Otras de las enfermedades que se encuentran en la lista son las siguientes:
Accidente isquémico transitorio
Alzheimer
Aneurisma de grandes vasos
Apnea del sueño
Arritmias
Crisis o pérdida de conciencia
Demencia o trastorno de ansiedad
Depresión
Desfibrilador automático
Diabetes mellitus insulinodependiente
Disección
Dolencias oncológicas
Enfermedades cardíacas
Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
Enfermedades digestivas
Enfermedades endocrinas
Enfermedades neurológicas
Enfermedades oncológicas
Enfermedades respiratorias
Epilepsia
Esclerosis lateral amiotrófica
Hipotiroidismo y paratiroides
Infarto agudo de miocardio
Marcapasos
Nefropatía con diálisis
Parkinson
Problemas vasculares
Prótesis valvulares
Trasplante renal
Trastorno de la personalidad
Trastorno del desarrollo intelectual
Trastorno obsesivo-compulsivo
Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
Trastornos del sueño
Trastornos oncohemáticos
¿Qué otros cambios se vienen en la licencia de conducir?
El 19 de julio, la diputada Patricia Vásquez anunció la presentación de un proyecto de ley para que las licencias de conducir no tengan vencimiento. La renovación se llevaría a cabo de forma digital y sin costo.
Si bien todavía no se aprobó, Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado en una entrevista, argumentó que no puede dar muchos detalles del mencionado proyecto porque se va a anunciar con el ministro de Economía en un par de semanas.
Asimismo, en la misma entrevista, realizó una comparación con el sistema de Estados Unidos. «Vos sacás un registro de conducir y ¿por qué lo tenés que renovar? En Estados Unidos sacás la licencia y no vas más. Simplemente tenés que mandar una declaración jurada que demuestre que tu condición física sigue siendo apta», detalló.
De aprobarse el proyecto de ley, las licencias de conducir no tendrán vencimiento y únicamente se deberá probar la aptitud médica para poder manejar.