El Ministerio de Seguridad dispuso la intervención de fuerzas policiales y de seguridad federales ante ese tipo de protestas en las empresas.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullich, reglamentó el procedimiento de intervención de las fuerzas policiales y de seguridad federales en bloqueos sindicales contra las empresas.
Se trata del nuevo Protocolo de Actuación específico, establecido a través de la resolución 901/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.
Con esta iniciativa, Bullrich busca frenar el accionar en ese sentido contra las empresas, medidas que suelen usar sobre todo en el gremio de Camioneros que encabezan los Moyano.
Para la resolución, el Ministerio de Seguridad se basó en el artículo anti-bloqueos de la Ley Bases, y remarcó que, «si bien el artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece el derecho a huelga, el artículo 14 de esa misma ley fundamental consagra el derecho de todos los habitantes de la Nación a trabajar y ejercer toda industria lícita y de usar y disponer de su propiedad».
«Habida cuenta de ello, existe un evidente interés federal comprometido en asegurar la libertad de comercio e industria contra toda turbación ilegítima», añadió el texto.
A raíz de ello se oficializa un Protocolo de Actuación Frente a los Bloqueos con el fin de «contribuir a la protección de la normal actividad de las empresas que pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción a causa de acciones que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o visiblemente inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías a sus instalaciones».
La resolución define como bloqueo a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos de cualquier naturaleza «que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional».
Y además establece la manera de denunciarlos, «telefónicamente al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar o los que en el futuro los reemplacen».
«Recibida dicha denuncia, el Ministerio de Seguridad evaluará su verosimilitud y entidad; en su caso, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes y, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado», agrega la resolución del área de Seguridad.
Por otra parte, habilita a autoridades de cualquier distrito a pedir la «ayuda de las fuerzas policiales y de seguridad federales» en los casos encuadrados y la máxima autoridad de esta jurisdicción evaluará la necesidad, la posibilidad y la oportunidad de brindar el auxilio solicitado y dispondrá el despliegue correspondiente».
En consonancia con la ley Bases, que contempla la figura de «grave injuria laboral» para los responsables de los bloqueps y faculta a empleadores a despedirlos con causa, el protocolo determina que «el Ministerio de Seguridad comunicará de manera inmediata la información que recibiere a la Secretaría de Trabajo y a las personas físicas o jurídicas afectadas, a fin de que puedan proceder de acuerdo con lo previsto».
Por último, autoriza a las fuerzas policiales y de seguridad federales a recabar «pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior».
