La magistrada de Instrucción de Violencia de Género y Protección Infantil se refirió al trágico fallecimiento ocurrido en el Hospital Materno Neonatal (HMYN) y señaló que la Justicia no puede actuar de oficio ante la falta de una denuncia penal. Además, cuestionó la viabilidad práctica del nuevo régimen para menores de 14 años.
En declaraciones recientes, la jueza Gisela Flamini brindó precisiones fundamentales sobre dos de los temas de mayor sensibilidad institucional y social en la provincia de La Rioja: el caso de la niña fallecida en el Hospital Materno Neonatal (conocido públicamente como el caso Zoe) y la reciente aplicación del Régimen Penal Juvenil.
Caso Zoe: «No podemos actuar si no hay denuncia»
Ante la repercusión mediática y los múltiples posteos en redes sociales sobre el fallecimiento de la menor en el HMYN, la magistrada aclaró de manera tajante que no existe una investigación judicial en curso porque la familia no ha realizado una presentación formal.
“Los jueces no podemos trabajar de oficio; necesitamos que alguien nos inste o promueva a través de una acción penal, o por una actuación propia del Ministerio Público Fiscal”, explicó Flamini.
Asimismo, detalló que en el momento del hecho personal de Asuntos Juveniles se constituyó en el lugar e indicó los pasos a seguir en caso de sospechar de presunta mala praxis o impericia, instando al resguardo de pruebas que finalmente no fue activado por la vía legal correspondiente. “En el caso de mala praxis, todo se inicia con denuncias, porque es muy difícil que el fiscal tenga acceso a esa información de motu proprio”, agregó.
Régimen Penal Juvenil y la imputación de menores de 14 años
Por otro lado, la jueza abordó la preocupación que genera dentro del sistema de justicia la puesta en marcha de causas a menores de edad —como el reciente caso de un adolescente de 14 años imputado por lesiones tras un conflicto en el ámbito escolar—.
Flamini advirtió sobre el impacto legal que esto genera en la vida de los jóvenes: «En la escuela, un compañero puede lastimar a otro sin dimensionar las consecuencias jurídicas y penales que esto tiene sobre su figura; esto deja antecedentes».
Crítica a la viabilidad de la ley
Con respecto al marco legal vigente y su aplicación territorial, la magistrada fue sumamente crítica y calificó las normativas actuales como ideales impracticables:
- Falta de recursos: Señaló que no hay presupuesto, colaboración ni infraestructura adecuada en la provincia para afrontar las exigencias de la ley.
- Inconstitucionalidad caso por caso: Explicó que la inconstitucionalidad solo puede dictarse ante casos concretos y a medida que los juzgados de Familia u otros fueros evalúen las normativas frente a los tratados internacionales suscriptos por la Argentina.
- «Frases bonitas»: Sentenció que, si bien los convenios y normativas muestran puntos teóricos favorables, a la hora de la aplicación en los distritos «es inviable y una mentira, porque son frases bonitas que no se pueden llevar a la práctica».
