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Inicio - Reglamentarán una ley que otorga jubilaciones especiales a oficiales de Malvinas
Nacionales

Reglamentarán una ley que otorga jubilaciones especiales a oficiales de Malvinas

11 de noviembre de 2022Updated:11 de noviembre de 20225 Mins Read
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ceim
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La mesa interministerial comenzó a definir cómo será el decreto reglamentario de la polémica ley. La semana entrante se reunirán con el Centro de Ex Combatientes de La Plata que había pedido «vetar» la norma. 

El lunes por la tarde en Casa de Gobierno se reunió la mesa interministerial compuesta por funcionarios de Secretaría General, jefatura de Gabinete, autoridades del Instituto de Previsión Social (IPS), de la subsecretaría de Derechos Humanos y del ministerio de Gobierno y comenzaron a trabajar en el decreto reglamentario de la ley. «Empezamos a confeccionar el decreto que será bien específico«, señaló a El Destape uno de los funcionarios que participó de la reunión, y afirmó que «queremos dejar bien en claro quiénes van a poder estar en el régimen especial de jubilación y quiénes no«.

Según pudo averiguar este medio, la semana entrante, probablemente el miércoles, los y las funcionarias mantendrán un encuentro con el Centro de Ex Combatientes de La Plata (CECIM) en donde le mostrarán el borrador del decreto reglamentario. «El lunes 14 en la próxima reunión de la mesa interministerial vamos a definir el día y horario convocaremos al CECIM», dijo a este medio uno de los presentes en la reunión. 

Semanas atrás el CECIM entregó un petitorio al Ejecutivo bonaerense para «vetar» la cuestionada norma. Para ellos dicha ley «genera una imposición de la impunidad y además es de privilegio porque el 95% de los militares que ingresaron a provincia de Buenos Aires a trabajar lo hicieron en forma ilegal, violando la ley 10.430«. 

Según indicaron, la norma «crea un régimen especial de jubilación para los oficiales y suboficiales que participaron en la guerra de Malvinas y posteriormente ingresaron a la administración pública de la Provincia de Buenos Aires que generará una erogación $4.160.000.000 que equivalen a 109.473 jubilaciones mínimas anuales, datos que los legisladores nunca tuvieron en cuenta». 

La reglamentación de la Ley

Si bien desde el CECIM pidieron «vetar» la norma, desde Casa de Gobierno manifestaron que se promulgará. «En el decreto reglamentario quedará establecida la conformación de una mesa compuesta por funcionarios y funcionarias de la Secretaría General, jefatura de Gabinete, autoridades del Instituto de Previsión Social (IPS), la subsecretaría de Derechos Humanos, el ministerio de Gobierno y tres representantes de los Centros de Veteranos», aseguraron.

Los representantes sería uno del CECIM, uno de la Federación de Veteranos, y uno más del Consejo Veterano de Malvinas, que depende del ministerio del Interior.

El reclamo del CECIM

Un informe que realizaron ex combatientes, y al que accedió este medio, muestra cómo varios militares condenados cobran una pensión honorífica. «El entonces Teniente de Navío, Miguel Ángel García Velazco, condenado a prisión perpetua en la causa ESMA es beneficiario en el IPS y cobra el beneficio de Pensión Honorífica por participar en la guerra de Malvinas«.

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Otro caso testigo «es el del Capitán de Corbeta, Daniel Eduardo Robelo, ex jefe de operaciones Base Naval Mar del Plata condenado por privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravados por haber sido cometidos en perjuicio de perseguidos políticos, homicidio calificado y asociación ilícita» en perjuicio de 123 personas. 

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En la Causa 1777/07 que posee el Juzgado Federal de Río Grande en Tierra del Fuego, y en donde se investigan las denuncias presentadas por los ex soldados conscriptos por torturas ocurridas en el Regimiento 3 de Infantería en 1982, está imputado «Luis Oscar Arce». También cobra pensión honorífica.

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En la misma causa fue llamado a prestar declaración indagatoria, Guillermo Rubén Berazay. «Se reunieron elementos probatorios suficientes que permiten afirmar, con el grado de certeza requerido en esta instancia, que debe responder como coautor mediato por los delitos de imposición de tormentos«. Es otro beneficiario por el IPS.

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El Cabo I°, en la Segunda Sección de la Compañía B, Lorenzo Roque Cancino, también percibe beneficios a pesar de que «en su legajo personal – según consta en el Ministerio de Defensa -tuvo tres suspensiones previas y una posterior al conflicto del Atlántico Sur». 

El 3 de mayo de 1978 el Jefe del RI 24 le impuso 31 días de arresto, por “excederse arbitrariamente en el ejercicio de sus funciones, maltratando a un subalterno, prevalido de su autoridad, sin llegar a incurrir en delito”.

El 23 de abril de 1981 el Jefe del RI 3 le impuso una sanción de 30 días de arresto por estar “desempeñándose como Sub educador en la materia de orden cerrado, propiciarle un puntapié a un soldado y al ser sancionado por la comisión de dicha falta hacer aclaraciones que no corresponden, faltando con ello las consideraciones a un superior”. Finalmente, el 31 de julio de 1981, el Jefe de la Ca “B” lo sancionó por “reprimir con exceso una falta cometida por un subalterno a pesar de las reiteradas consideraciones hechas al respecto”. 

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Fuente: El Destape

jubilaciones
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